CIUDAD DE MÉXICO, 26 de agosto de 2026.- Este martes la Suprema Corte de Justicia de la Nación dio un paso que el ministro presidente Hugo Aguilar Ortiz calificó de histórico. Por primera vez, las comunidades indígenas fueron reconocidas como “terceros interesados” en controversias constitucionales que las afecten. Ya no quedarán limitadas a la figura decorativa del “amicus curiae”. Podrán consultar el expediente, presentar alegatos y defender sus derechos dentro de juicios que hasta ahora estaban reservados casi exclusivamente a poderes y órganos públicos.
El caso concreto es el de la comunidad mazahua de Crescencio Morales —junto con Donaciano Ojeda, Francisco Serrato y Carpinteros— contra el municipio de Zitácuaro. Durante cuatro años las comunidades litigaron para impedir que el ayuntamiento, impulsado principalmente por el presidente municipal Antonio Ixtláhuac, derogara su derecho al acceso al presupuesto directo y al autogobierno. La Corte, por cinco votos contra cuatro, les dio la razón en el recurso de reclamación.
El municipio que quiso quitar el derecho
La controversia no nació de un desacuerdo técnico menor. Nació de la decisión del gobierno municipal de Zitácuaro de cuestionar y buscar derogar el derecho de estas comunidades a manejar de manera directa los recursos que les corresponden y a ejercer formas de autogobierno reconocidas por la ley y por la reforma al artículo 2 constitucional de 2024. Esa reforma elevó a los pueblos y comunidades indígenas a la categoría de sujetos de derecho público. La mayoría de ministros advirtió que, si no se les daba efectos jurídicos reales, la reforma quedaría en “letra muerta”.
Ixtláhuac aparece en este expediente como el principal impulsor de la postura municipal que buscaba recortar esas facultades. Para las comunidades, no se trata de un detalle administrativo: se trata de quien ha intentado, desde el poder local, limitar su capacidad de decidir sobre su propio presupuesto y su organización interna. De ahí que en el relato de los propios habitantes y del Colectivo Emancipaciones se le señale como “enemigo número uno” de los autogobiernos.
Una victoria que no cierra la lucha
El fallo no les otorga la facultad de promover por sí mismas una controversia constitucional. Les permite intervenir en las que ya existen cuando sus derechos están en juego. Es un avance parcial, pero de enorme significado simbólico y práctico. Sin ese reconocimiento, el intento del municipio de Zitácuaro de modificar la ley orgánica municipal y restringir el presupuesto directo hubiera tenido un camino más despejado.
Las comunidades lo dejaron claro: están preparadas para ser fiscalizadas, tienen modelo organizativo, económico y político, y reclaman el derecho a la libre determinación y al manejo de sus recursos para generar bienestar e infraestructura comunal. El mensaje va dirigido al gobierno municipal, al Estado mexicano y a la propia Corte: la lucha por el autogobierno no termina con este voto. Se fortalece.
El poder local frente a la autonomía
Mientras Antonio Ixtláhuac ha dedicado parte de su administración a cuestionar y litigar contra el presupuesto directo de las comunidades, en el municipio se acumulan otras crisis: inseguridad, denuncias de corrupción, obras cuestionadas y una distancia creciente entre el discurso oficial y la realidad cotidiana. El intento de recortar derechos indígenas se suma a ese patrón de centralización del poder y de resistencia a cualquier forma de autonomía que escape al control del ayuntamiento.
La resolución de la SCJN no solo corrige una exclusión judicial de dos siglos. También deja en evidencia la postura de un gobierno municipal que prefirió gastar tiempo y recursos en pelear contra el autogobierno de sus propias comunidades en lugar de fortalecer la convivencia y el respeto a la pluralidad. El fallo histórico tiene nombre y apellido en Zitácuaro: es un revés directo a la línea que impulsó Antonio Ixtláhuac.
Las comunidades mazahuas ganaron voz. El municipio que quiso silenciarlas perdió el argumento. Y la pregunta que queda flotando es si el poder local aprenderá la lección o seguirá viendo en la autonomía indígena una amenaza en lugar de un derecho.








