MORELIA, Mich., 23 de julio de 2024.- El gobernador Alfredo Ramírez Bedolla en la conferencia de prensa colectiva que da cada semana en la Casa de Gobierno, a pregunta expresa de Ernesto Martínez Elorriaga, corresponsal en Michoacán del periódico La Jornada, insistió al pueblo nahua Santa María Ostula, a que opten por el autogobierno por él impulsado como única opción para reconocer legalmente a su Guardia Comunal como un cuerpo de seguridad.
El cuestionamiento expreso al gobernador fue: “la Comunidad de Ostula, la comunidad nahua está solicitando se reconozca a su guardia comunitaria, que está severamente cuestionada, porque hay quienes la ligan con la delincuencia organizada, prueba de ello la bronca que traen con Cemeí Verdía, que le mataron a su hija hace poco, y además la presencia de otros, por lo menos otros tres grupos armados en esa zona, que tienen que ver mucho con actividades delictivas” …
Y la respuesta textual del Gobernador de Michoacán fue la siguiente:
“Si hay una ruta legal, ustedes la conocen, se ha aplicado en Michoacán, está en la Constitución del Estado”.
“El sistema nacional de Seguridad Pública reconoce que las comunidades indígenas que tengan gobierno, autogobierno por usos y costumbres reconocido, pueden contar con una fuerza de seguridad, dígase una ronda comunitaria, pero requisito que Ostula pudiera adoptar el autogobierno en asamblea democrática, previa, informada”.
“Hay cuatro comunidades indígenas nahuas, y Ostula nos ocupa, es uno de los temas que vemos siempre que voy a Lázaro Cárdenas, porque esa zona al ser costera le corresponde supervisarla, vigilarla, a la Marina, y es una zona territorialmente enorme, entonces la opción es que asuman, si así lo decide la población, solamente si así lo decide la población, el autogobierno”.
“Hemos hablado con el presidente municipal y él está de acuerdo con que lo puedan hacer, es la comunidad la que debe tomar la decisión, y alejarse de cualquier cuestión de falsa protección de algún grupo de la delincuencia, eso es totalmente errado”.
“Si ellos optan (por el autogobierno), aparte van a tener su autogobierno comunal que es algo muy interesante, muy valioso, su autodeterminación, van a tener presupuesto directo, y la posibilidad de conformar legalmente su ronda comunitaria”.
“Las rondas comunitarias de los autogobiernos que tenemos en Michoacán, cumplen con la norma, hacen su examen de C3, de control y confianza, se capacitan, se forman, y entonces ya se les puede dar armamento y equipar como hemos hecho con las kualichas en la meseta purépecha”.
“Kualichas no serían en Aquila porque no son purépechas, kualichas es una palabra pure” …
“Entonces si tienen una ruta, si, si la hay, y es esa”.
“Tanto el Ejército Mexicano como la Marina ya en Michoacán ya están muy familiarizados con ese tema del autogobierno, del presupuesto directo y de las rondas comunitarias que están legalmente constituidas”.
“Entonces, si hay una ruta, eso es muy importante señalarlo y creo que es parte del avance de nuestro gobierno, de esta cuarta transformación en Michoacán, de este cuarto nivel de gobierno, que son los autogobiernos indígenas de Michoacán, y está a la mano”.
“Ya los temas internos son cuestión de ellos”.
“La comunidad emitió un documento al presidente de la República, al gobernador de Michoacán en el sentido de que desconocen como interlocutor a una persona, a Cemeí”.
“Ellos ya tienen a sus autoridades comunales tradicionales, ejidales o comunales de la Reforma Agraria, con ellos también nos entendemos, pero si hay una opción, si hay una ruta en Michoacán para que puedan tenerla (una guardia comunal), no se puede tener una ronda comunitaria si no se tiene un autogobierno, no se puede, ahí si no es posible, pero hay opción, ya la comenté de manera precisa” …
Contexto:
En diciembre pasado, un juez federal concedió a Ostula un amparo provisional para que en su territorio no se aplique en su perjuicio la ley del sistema de seguridad de Michoacán ni tampoco su reglamento, aprobados en julio de 2022.
El amparo 832/223 es contra dicha ley que establece que sólo serán reconocidas las guardias y rondas comunales en las localidades indígenas que tengan autogobierno admitido por el Instituto Electoral y ejerzan presupuesto directo. La norma también estipula la evaluación y certificación de quienes integren una guardia comunal o ronda.
Además, con la concesión de la medida cautelar y el reconocimiento de sus usos, costumbres y prácticas culturales, no podrán afectarse los derechos humanos protegidos por la Constitución mexicana, de quienes componen la comunidad indígena o de quienes se relacionan con ella.