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Exige Ostula en caso La Placita se ejecute amparo y se conceda otro

Por: Angel Méndez
27 de noviembre de 2024
En Aquila
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AQUILA, Mich., 26 de noviembre de 2024.- Este martes a través de página oficial de Facebook, la Comunidad Indígena Santa María Ostula emitió un comunicado en el que exige a las autoridades responsables que inmediatamente ejecuten la resolución del amparo 357/2023 y “dejen insubsistente la resolución presidencial que dotó de tierras ejidales al poblado La Placita”, así como el que el Poder Judicial resuelva el amparo 463/2023 en contra de pequeños propietarios, y así protejan nuestros derechos ancestrales sobre las tierras y territorios que de forma inmemorial nos pertenecen.

El comunicado completo a continuación:

LA COMUNIDAD NAHUA DE SANTA MARÍA OSTULA

A LOS PUEBLOS DE MÉXICO Y DEL MUNDO,

A LOS MEDIOS DE INFORMACIÓN NACIONALES E INTERNACIONALES,

A LOS ORGANISMOS DEFENSORES DE DERECHOS HUMANOS.

 

Desde la Comunidad Indígena Nahua de Santa María Ostula, municipio de Aquila, Michoacán, nos dirigimos nuevamente a los pueblos de México y del mundo, para pedirles estén atentos

a la resolución que en los próximos días, incluso horas, el Segundo Tribunal Colegiado en Materias Administrativa y de Trabajo del Décimo Primer Circuito, con sede en Morelia, Michoacán, dictará en el juicio de amparo directo 463/2023, interpuesto por nuestra comunidad en contra de la resolución que el Tribunal Superior Agrario dictó confirmando la sentencia del Tribunal Unitario Agrario Distrito 38 de la ciudad de Colima, dentro del juicio por conflicto de límites 78/2004, por la que dicho tribunal DESCONOCE, EN FAVOR DE SUPUESTOS PEQUEÑOS PROPIETARIOS DE LA PLACITA, MUNICIPIO DE AQUILA, MICHOACÁN, UNA PARTE SIGNIFICATIVA DE NUESTRAS TIERRAS Y TERRITORIOS COMUNALES, ignorando los derechos ancestrales que como pueblo originario tenemos, los convenios internacionales y la Constitución del país.

Este cruento conflicto social y agrario, en el que nuestra Comunidad defiende sus tierras y la vida en el Planeta, nos ha costado el asesinato de 40 comuneros y 6 más que han sido desaparecidos a partir de que iniciamos la recuperación, de manos del crimen organizado, del lugar sagrado que nombramos Xayakalan en el año 2009; actualmente resistimos el feroz acoso del Cártel Jalisco Nueva Generación y hoy nos hacemos presentes, una vez más, en la vida pública de la Nación, para conocer la decisión del Estado Mexicano, a través del Poder Judicial de la Federación, ante la exigencia de justicia agraria para nuestra comunidad.

A nuestro favor tenemos un reciente precedente histórico: el pasado quince de noviembre de este año nos fue notificada, por conducto del Juzgado Sexto de Distrito con sede en Uruapan,

Michoacán, una trascendental sentencia dictada por el Tercer Tribunal Colegiado en Materias Administrativa y de Trabajo del Décimo Primer Circuito en el amparo en revisión número 357/2023, A TRAVÉS DE LA CUAL SE DEJA INSUBSISTENTE LA RESOLUCIÓN PRESIDENCIAL QUE DOTÓ DE TIERRAS EJIDALES AL POBLADO LA PLACITA, MUNICIPIO DE AQUILA, MICHOACÁN, EL 20 DE JUNIO DE 1967, porque, a consideración de dicho Tribunal “afectó terrenos comunales pertenecientes” a nuestra comunidad; terrenos que, es importante destacarlo, se localizan en los parajes de XAYAKALAN, LA CANAHUANCERA y LAS TRES MAJAHUAS, los mismos que están en conflicto con los supuestos pequeños propietarios. Es decir, las problemáticas que confrontamos con el Ejido La Placita y los supuestos pequeños similares tienen un origen común y son sobre tierras que constituyen una superficie continua.

Como lo hemos dicho antes, la razón legal e histórica de la Comunidad Nahua de Santa María Ostula es evidente, y su causa ha sido respaldada recientemente por sendos recursos AMICUS CUARIAE dentro del juicio de amparo directo 463/2023, uno suscrito por 56 especialistas en las materias de arqueología, antropología e historia, con una larga y reconocida trayectoria en México y el mundo; el otro suscrito por más de 100 prestigiados organismos defensores de derechos humanos.

*EXIGIMOS A LOS MAGISTRADOS DEL SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIAS ADMINISTRATIVA Y DE TRABAJO DEL DÉCIMO PRIMER CIRCUITO, SE NOS OTORGUEN EL AMPARO SOLICITADO Y QUE, EN CONGRUENCIA CON LA SENTENCIA DICTADA POR SU SIMILAR EN EL AMPARO EN REVISIÓN NÚMERO 357/2023, PROTEJAN NUESTROS DERECHOS ANCESTRALES SOBRE LAS TIERRAS Y TERRITORIOS QUE DE FORMA INMEMORIAL NOS PERTENECEN.

*EXIGIMOS A LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA, A LA SECRETARÍA DE GOBERNACIÓN, A LA SECRETARÍA DE DESARROLLO AGRARIO, TERRITORIAL Y URBANO Y AL GOBERNADOR DEL ESTADO DE MICHOACÁN QUE INMEDIATAMENTE DEJEN INSUBSISTENTE LA RESOLUCIÓN PRESIDENCIAL QUE DOTÓ DE TIERRAS EJIDALES AL POBLADO LA PLACITA, PUES, AÚN CUANDO EL JUZGADO SEXTO DE DISTRITO EN URUAPAN LES DIO UN PLAZO DE TRES DÍAS PARA QUE LO HICIERAN, NO LO HAN HECHO.

*Llamamos a la sociedad civil nacional e internacional, a los pueblos de todo México, a los medios de comunicación y a los organismos de derechos humanos a estar atentos, como lo

han estado hasta el día de hoy, a la forma como se resolverá el juicio de amparo directo 463/2023 y al modo como se dará cumplimiento al amparo en revisión número 357/2023.

*LLAMAMOS A ESTAR ALERTAS ANTE LA FORMA EN QUE EL ESTADO MEXICANO, A TRAVÉS DE LOS PODERES JUDICIAL Y EJECUTIVO, DARÁ RESPUESTAS A UNA DE LAS MÁS

SENTIDAS EXIGENCIAS DE JUSTICIA POR PARTE DE LOS PUEBLOS ORIGINARIOS DEL PAÍS.

¡Respeto a las tierras y territorios de nuestra Comunidad, respeto a Xayakalan!

¡Castigo a los culpables del asesinato y desaparición de nuestros comuneros en la lucha por la tierra y las libertades de la Comunidad!

¡Respeto a nuestra Guardia Comunal!

 

SANTA MARÍA OSTULA, A 26 DE NOVIEMBRE DE 2024.

ATENTAMENTE

NUNCA MÁS UN MÉXICO SIN NOSOTROS

COMUNIDAD INDÍGENA NAHUA DE SANTA MARÍA OSTULA

https://www.facebook.com/permalink.php?story_fbid=pfbid09Fv8CR6Ued37Nsms6SboQophyxaDVyNSejLWYA9G8ZD1u9tLe7Q41u31bRRKyFaRl&id=100071910805309 

Angel Méndez

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